Curiosidades

Se eliminan los 3 días de cárcel por exceso de velocidad

29 de enero de 2025
Por: Ana Gabriela Oquendo

La Corte Constitucional del Ecuador eliminó la sanción de 3 días de prisión para los conductores que manejen a exceso de velocidad. La Corte modificó las disposiciones del artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en donde se establecía cárcel por infringir el rango moderado de la velocidad.

Para tomar esta decisión no se requirió ningún procedimiento legal a través de la Asamblea, sino que es de vigencia inmediata, en todo el territorio ecuatoriano. La Corte señaló en su sentencia que existen alternativas menos "gravosas" para sancionar el exceso de velocidad. De hecho, indicó la posibilidad de trabajo comunitario para los infractores y recalcó que la privación de libertad era una medida excesiva para garantizar la seguridad vial.

Sin embargo, esto no exime de una sanción. Aunque no se castigue con cárcel por esta infracción, se mantiene vigente la multa equivalente a un salario básico unificado de USD 470 y la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.

¿Una media exagerada o justificada?

Si bien la sanción extrema causó descontento en un inicio, la realidad es que en el Ecuador, y en ciudades como Quito específicamente, el exceso de velocidad es la principal causa de los siniestros de tránsito.

Según lo expuesto por las autoridades, la aplicación de esta sanción durante julio de 2024 funcionó como un disuasivo que obligó a un cambio en el comportamiento de los conductores. En relación con 2023, los fallecidos en ese mes disminuyeron en un 32%, de acuerdo a cifras de la iniciativa Bloomberg para la seguridad vial mundial.

Por otra parte, expertos en tránsito aseguran que la multa y la reducción de puntos no es suficiente para mejorar la conducta vial. Las campañas de concienciación son necesarias y urgentes.